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EL ARBITRAJE:

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Como el título lo señala es un medio imparcial de solución de conflictos que se origina en una relación comercial, celebrada mediante un contrato o una relación comercial extracontractual, la referencia hecha a un contrato se refiere a un documento que contenga una cláusula en la que se establezcan las condiciones del arbitraje, lugar, idioma, tipo de arbitraje, etc.     Se entenderá́ además que el convenio arbitral es escrito cuando esté consignado en un intercambio de escritos de demanda y contestación en los que la existencia de un acuerdo sea afirmada, por una parte, sin ser negada por la otra.     El convenio arbitral que consta  por escrito,  podrá́ adoptar la forma de una cláusula incluida en un contrato o la forma de un acuerdo independiente, es escrito cuando quede constancia de su contenido en cualquier forma, ya sea que el acuerdo de arbitraje o contrato se haya concertado mediante la ejecución de ciertos actos o por cualquier otro med...
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LA REALIDAD DE PARTICIPACIÓN DE LAS MUJERES EN POLÍTICA Ahora que estamos a puertas de las elecciones presidenciales para el año 2021 adelantadas por el actual presidente de la república, vale la pena mencionar algunos aspectos que quizás están siendo olvidados por muchos de nosotros, en el Perú hay poca participación política de las mujeres, si nosotros vemos en el congreso actual y en los congresos anteriores, normalmente se mantiene el 30% de la participación de las mujeres. Muchas personas se preguntarán a qué se debe esta poca participación femenina y es obvio, definitivamente no somos iguales que los hombres,  el tema de la equidad o igualdad de género es quizás un modismo que lo utilizan muchas personas para interpretaciones erróneas de lo que es en realidad,   la igualdad de  los derechos entre hombres y mujeres, no nos podemos comparar ni pretender ser iguales que los hombres puesto que nuestra constitución física es completamente d...

LOS NIÑOS INVISIBLES

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LA FILIACION:  Solo en lima en año 2019 había 350 mil niños sin DNI,   La filiación es el derecho que tiene todo niño nacido, a tener un apellido y un nombre, estar debidamente inscrito en el Registro Civil peruano, tiene derecho a tener una nacionalidad y ha que sus padres velen por su desarrollo, quien desde su concepción ya es sujeto de derechos según nuestra constitución. Es necesario resaltar que la inscripción es el derecho con el que nace una niño indistintamente de que sus padres estén sean conviviente, o que uno de sus padres es casado con una tercera persona;  Al respecto es lamentable que en el Perú existan muchos niños que aún no han sido registrados en los registros civiles de sus pueblos o ciudades de nacimiento, CONVIRTIÉNDOSE EN INVISIBLES para el estado, además de esto, representan un gran riesgo, debido su situación de vulnerabilidad expuestos a ser traficados, por estas gigantescas mafias que se dedican al tráfico de seres humanos e...

LA PATRIA POTESTAD Y LA TENENCIA

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El ejercicio de LA PATRIA POTESTAD corresponde únicamente a los padres de manera conjunta, este no se puede ejercer mediante representación ni transferir a los abuelos, por lo tanto, las características de la patria potestad son: intransferibles, irrenunciables y temporales ya que se ejerce sólo hasta que los hijos cumplan la mayoría de edad o se emancipen.     El artículo 76º del CNA , (CÓDIGO DEL NIÑO Y EL ADOLESCENTE )  señala que, en los casos de separación convencional y divorcio ulterior, ninguno de los padres queda suspendido en el ejercicio de la Patria Potestad;  la suspensión o extinción de la patria potestad ,  que normalmente se da por una orden judicial,  según las circunstancias o los hechos que se aleguen,  NO PRESUPONE EL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA EN FAVOR DE LOS HIJOS MENORES DE EDAD, en tanto que los alimentos de un menor,  es un derecho personalísimo y la obligación de brindárselos, es de los ...

RÉGIMEN DE LA SOCIEDAD DE GANANCIALES:

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Muchas personas nos preguntan,    todo lo referente a la sociedad de gananciales,   este tema es muy controversial,    pues    al inicio de la relación sentimental o cuando se decide contraer matrimonio, el 80% de los contrayentes no reparan en este hecho, las razones son varias, una de las principales es    que,    normalmente cuando los contrayente son jóvenes   y    aún no se tienen bienes muebles e    inmuebles y ambos están iniciando una vida en común,   en esos momentos de amor y pasión, no están pensando en    los roles    que cumplirá cada uno dentro del matrimonio    y cuál de ellos es quién crecerá profesionalmente más que el otro,      en consecuencia      cuánto aportará cada quién al matrimonio. Lo cierto y real es que se repara recién en este hecho al ponerle fin a la relación matrimonial, es cuando empieza la controversia, s...

PRESUPUESTOS REQUISITOS Y CAUSALES DE DIVORCIO

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Las causales de divorcio son hechos que, en definitiva, implican una grave violación de los deberes derivados del matrimonio y deben tener los siguientes presupuestos;  a)    Gravedad: Debe ser tan grave que haga imposiblemente moral y materialmente la vida en común excediendo el margen de tolerancia  b)    Imputabilidad : Supone una actividad culpable o dolosa del cónyuge a quien se le atribuye la culpa debidamente acreditado. es decir el cónyuge culpable no puede demandar el divorcio esto sería considerada la demanda en hechos propios.    c)    Invocabilidad : Los hechos que generan la demanda de divorcio únicamente pueden ser invocados por el cónyuge agraviado y no por quien los cometió.  d)    Posterioridad al matrimonio : Todos los hechos deben acreditarse que fueron ocurridos después de celebrado el matrimonio y dentro de la convivencia.  El artículo 33 3º y 349º     de nuestro CÓD...