EL ARBITRAJE:
Como el título lo señala es un medio imparcial de solución de conflictos que se origina en una relación comercial, celebrada mediante un contrato o una relación comercial extracontractual, la referencia hecha a un contrato se refiere a un documento que contenga una cláusula en la que se establezcan las condiciones del arbitraje, lugar, idioma, tipo de arbitraje, etc. Se entenderá́ además que el convenio arbitral es escrito cuando esté consignado en un intercambio de escritos de demanda y contestación en los que la existencia de un acuerdo sea afirmada, por una parte, sin ser negada por la otra.
El convenio arbitral que consta por escrito, podrá́ adoptar la forma de una cláusula incluida en un contrato o la forma de un acuerdo independiente, es escrito cuando quede constancia de su contenido en cualquier forma, ya sea que el acuerdo de arbitraje o contrato se haya concertado mediante la ejecución de ciertos actos o por cualquier otro medio, derivados de contratos por compra o venta de servicios, de alquileres de bienes mueble e inmuebles, desarrollo de obras públicas o privadas, el convenio arbitral debe estar dentro del contrato suscrito entre las partes en una clausula especifica denominada CLAUSULA ARBITRAL, misma que debe tener características específicas para que sea válida, en tanto que existen también las cláusulas arbitrales llamadas patológicas que contiene una serie de contradicciones que no permiten su aplicación en caso que surgiera un conflicto entre las partes.
EL ARBITRAJE COMO ALTERNATIVA
El arbitraje es una alternativa al poder judicial, el mismo que representa celeridad, economía e imparcialidad, se desarrolla dentro de una institución si la cláusula arbitral así lo señala, si es así, las partes se someten a lo establecido en el reglamento del centro arbitral elegido.
MODELO DE CLAUSULA ARBITRAL DE CCL.
Todas las controversias, derivadas o relacionadas con este contrato o convenio, serán resueltas de forma definitiva mediante arbitraje de acuerdo con el Reglamento de Arbitraje del Centro Nacional e Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima, a cuyas normas, administración y decisión se someten las partes en forma incondicional, declarando conocerlas y aceptarlas en su integridad.
MODELO DE CLAUSULA ARBITRAL AMCHAM
Las controversias que se deriven de este acto jurídico o que tengan relación con el incluidas las relativas a su existencia, validez, eficacia, ejecución o terminación, así como las vinculadas al presente convenio arbitral, serán resueltas mediante arbitraje de derecho, bajo la organización y administración del centro de arbitral AmCham – Perú, conforme a su estatuto y Reglamento a los cuales las partes se someten incondicionalmente, el laudo será definitivo e inapelable.
EL ESTADO PERUANO: Señala que para efectos de la ley de arbitraje DL. No 1071, Decreto Legislativo que norma el arbitraje (Vigente desde el 1.SEP.2008) el Estado Peruano comprende: el Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales y sus respectivas dependencias, así́ como las personas jurídicas de derecho público, las empresas estatales de derecho publico, de derecho privado o de economía mixta y las personas jurídicas de derecho privado que ejerzan función estatal por ley, delegación, concesión o autorización del Estado.
ROCIO SALAZAR B.

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