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EXEQUATUR

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EXEQUÁTUR (RECONOCIMIENTO DE SENTENCIAS) Es un procedimiento jurídico internacional por el cual un Estado solicita a otro Estado el reconocimiento, la ejecución u homologación de una sentencia que se dictó en el Estado requirente a efectos de asegurar la eficacia extraterritorial de la misma. Es decir se procura la ejecución de la sentencia en virtud a los principios de seguridad jurídica, mutua cooperación y reciprocidad internacional, y en caso de existir, a los Tratados y Convenios Internacionales como fuente directa del Derecho Internacional Privado, cuya aplicación es obligatoria cuando un Estado es parte de dicho tratado o lo ha suscrito y facultativa cuando no es parte del tratado.   Son objeto del exequátur todos los actos judiciales pronunciados en forma de fallo o sentencia, los cuales son susceptibles de ser reconocidos siempre que cumplan los requisitos de ser de carácter privado en materia civil, comercial o laboral y hayan sido dictados por a...

DIVORCIO POR MUTUO ACUERDO

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Nuestra recomendación es el  DIVORCIO RÁPIDO NOTARIAL , en el que  no existe maltrato a ninguna de las partes,  EN EL QUE SE SEPARAN LAS PERSONAS TAL CUAL SE CASARON E INICIARON SU ROMANCE,  SI  existe bienes adquiridos en sociedad conyugal,  te enviamos un modelo de  minuta para proceder a la liquidación de los bienes  y proceder  sin problemas, así mismo te facilitamos las declaraciones jurada necesarias y la solicitud para tu divorcio, si tienes hijos la solución es mediante una ACUERDO CONCILIATORIO EN EL QUE ESTABLEZCAN LA TENENCIA DE LOS MENORES, PENSIÓN ALIMENTARIA Y UN RÉGIMEN DE VISTAS EN FAVOR DE LOS MENORES.